El Repilado, Marca Registrada

El Repilado, Marca Registrada Creada por y para la promoción de El Repilado, Huelva y sus pueblos.

Para darnos a conocer seria bueno que subáis todas las fotografías y videos que os gusten de vuestro pueblos, de sus tradiciones y su identidad.

16/08/2023

Nuestro pueblo REPILADO, en las noticias de Canal Sur, en este caso para visibilizar nuestro problema, que al final es el de todo el mundo. La falta de agua, por mala gestión o por sequía….así nos encontramos.
Una semana ya de corte de agua.
Gracias CanalSur Noticias

BUENOS DIAS LAS 08:18 HORAS Y TODAVIA NO TENEMOS AGUA....
14/08/2023

BUENOS DIAS LAS 08:18 HORAS Y TODAVIA NO TENEMOS AGUA....

06/08/2023

Subvenciones para el fomento del trabajo autónomo. Línea 2: Inicio de actividad.

Fomento y consolidación del trabajo autónomo.
Subvenciones para el fomento del trabajo autónomo.
Línea 2: Inicio de actividad
Mediante la Orden 29 de junio de 2023, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para financiar las cuotas de cotización a la Seguridad Social devengadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que hayan estado acogidas a la reducción prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, y a la bonificación prevista en el artículo 38 bis de dicha Ley, siempre que hayan completado el periodo continuado de duración en situación de alta como persona trabajadora autónoma previsto en el artículo 6.1 para tener derecho a la concesión de la subvención.

Medidas subvencionables
Medida a): Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años.

Medida b): Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años.

Medida c): Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más.
Medida d): Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más.

Personas beneficiarias
Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la línea de la subvención.
A los efectos de la presente orden, se entenderá por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.

Quedan fuera del ámbito de las subvenciones:
Los familiares que colaboran, regulados en el artículo 12 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Las personas socias de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquellas personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
Requisitos para solicitar la ayuda
Las personas beneficiarias de estás subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

Estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, a la fecha de presentación de la solicitud.
Ser beneficiaria de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio.
Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
Contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud. La cuenta de resultados previsional del citado plan deberá tener un resultado antes de impuesto positivo, mayor que cero en todas las anualidades.
Los requisitos previstos en los apartados 2.º y 3.º deberán cumplirse con carácter previo a dictarse la resolución de concesión.

También podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la línea 2, las mujeres trabajadoras por cuenta propia o autónoma que siendo beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, hayan pasado a ser beneficiarias de la bonificación prevista en el artículo 38 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, con carácter previo a dictarse la resolución de concesión, siempre que cumplan el resto de requisitos previstos en los apartados 1º, 3º y 4º del apartado anterior y no se hayan acogido con anterioridad a esta línea, como beneficiarias de la cuota reducida prevista en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio.

No podrá obtener la condición de persona beneficiaria aquella en quien concurra alguna de las circunstancias siguientes, a la fecha de presentación de la solicitud:
Las previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las previstas en los apartados 2, 4 y 5 del artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.

Plazo para solicitar la ayuda
Del 01/08/2023 al 30/09/2024

Cómo solicitar las ayudas
Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria, y que estarán disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía.

06/08/2023

Empresa del sector cárnico de Jabugo (Huelva) necesita incorporar un/a Operario/a de mantenimiento de industria Cárnica . Se ofrece contrato Indefinido a tiempo completo. Imprescindible Formación Técnica en Frio Industrial. Se valorará positivamente la experiencia demostrable en el puesto. Inco...

06/08/2023

Empleo ayuda a los autónomos a conciliar su vida laboral y familiar con incentivos de hasta 7.200 euros
Se abre la convocatoria de dos líneas de subvenciones dotadas con 578.000 euros, cuyo plazo concluye el 30 de septiembre.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo vuelve a convocar, tras su publicación el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), dos líneas de subvenciones destinadas a personas trabajadoras autónomas para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Por una parte, se incluyen incentivos para la contratación de personas en desempleo en su actividad económica, lo que les permitiría el cuidado de sus hijos e hijas menores de tres años, y por otro, la posibilidad de contratar una persona para su negocio que le cubra en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Estas subvenciones forman parte de la orden reguladora de la Consejería de Empleo aprobada en octubre del año 2020, que recoge hasta nueve líneas distintas de ayudas destinadas a cubrir un amplio abanico de posibilidades, desde el trabajo a distancia y el cuidado de menores y de personas en situación de dependencia, hasta la promoción de actividades lúdicas extraescolares por parte de las corporaciones locales.

Las ayudas publicadas corresponden a las líneas 4 y 5, dirigidas únicamente a las personas trabajadoras autónomas, que podrán solicitarlas de forma telemática rellenando los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la Consejería.

El plazo continuará abierto hasta el 30 de septiembre, salvo que, tal como establece la convocatoria, se agote el crédito establecido, fijado en 578.000 euros de euros para ambas líneas de subvenciones, en cuyo caso se comunicaría a través de una resolución.

de violencia de género o terrorismo.

Sustitución

La línea 5 está dirigida a facilitar la sustitución en sus negocios de las mujeres trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para el contrato de interinidad (denominado tras la reforma laboral del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, contrato de sustitución), en los supuestos de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, por un periodo máximo de ocho meses.

En los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, se contempla un incentivo a la contratación a jornada completa de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, y de 1.900 euros por un periodo de 18 semanas para aquellos supuestos que contemple la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.

Estas cuantías se pueden incrementar en un 50% en los mismos supuestos de la línea 4 (que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo). Asimismo, las cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, estableciéndose la duración mínima en 20 horas semanales.

Esta convocatoria se une a los distintos incentivos dirigidos al colectivo de personas trabajadoras autónomas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo que se irán convocando en los próximos meses, como la ayuda para el inicio de actividad, las ayudas destinadas a la modernización en su actividad, la denominada "Cuota Cero", o las ayudas para la promoción del trabajo autónomo destinadas a entidades.

Hoy, otro mas afortunadamente menos leve pero no por eso menos peligroso.De no ser por los bomberos que se encontraban a...
28/07/2023

Hoy, otro mas afortunadamente menos leve pero no por eso menos peligroso.
De no ser por los bomberos que se encontraban allí por pura coincidencia, no sabemos si el camión arde que hubiese pasado.

SABADO 19 DE AGOSTO
25/07/2023

SABADO 19 DE AGOSTO

¡No podemos esperar más para la verbena popular de El Repilado el sábado 19 de agosto a partir de las 21:00! 🎉🥳

Preparaos para disfrutar de una noche llena de diversión y entretenimiento. A las 22:00, el grupo de flamenco Rodajita de Limón ( ) nos deleitará con su talento sobre el escenario. A las 00:00, Dj Romero ( ) tomará el control de la música y nos mantendrá bailando hasta altas horas de la madrugada.

Además, tendremos una estupenda barra con bebidas refrescantes y deliciosos aperitivos para saciar el hambre. ¡Los más pequeños también tendrán su espacio con un divertido castillo hinchable!

Y lo mejor de todo, contribuiremos con una noble causa, ya que el bingo será en beneficio de la cabalgata de reyes magos. ¡Así que todos ganamos al participar!

¿Quién más está emocionado/a por esta noche mágica?

¡Etiqueta a tus amigos y familiares para que nadie se lo pierda! Nos vemos allí. 🎊🎈

Mucha suerte 🍀
20/07/2023

Mucha suerte 🍀

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