a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la artesanía, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b) Planificar concertadamente y ejecutar el desarrollo de la actividad artesanal de la región, mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales. c) Fomentar y desarrollar proyecto
s, programas u otros mecanismos para promover la competitividad y productividad de la actividad artesanal en la región, con la participación de entidades públicas y privadas. e) Supervisar y evaluar el desarrollo de la actividad artesanal y la aplicación de las políticas, normas y procedimientos específicos. f) Fomentar y autorizar ferias y exposiciones regionales, así como declarar eventos de interés artesanal orientados a promover el desarrollo de la artesanía de la región. g) Fomentar y promover la organización y formalización de los productores artesanales y fortalecimiento gremial en la región. h) Propiciar la conservación, preservación, rescate y desarrollo de las técnicas de producción tradicional artesanal en la región. i) Promover mecanismos e instrumentos para el desarrollo de la actividad artesanal en la región, vinculados a la actividad turística. j) Identificar oportunidades de la inversión, difundir y promover el crecimiento de las inversiones en la actividad artesanal en la región, aprovechando sus ventajas comparativas y promoviendo la exportación de artesanías. k) Fomentar la innovación, la transferencia de tecnologías y la formación de artesanos, desarrollando instrumentos que posibiliten la generación y el acceso de ellos y de las empresas artesanales de la región a nuevas tecnologías. l) Promover la calidad, la productividad, el valor agregado, la imagen y la diferenciación de los productos artesanales de la región. m) Evaluar la conveniencia de la creación en la región de Centros de Innovación Tecnológica de Turismo y Artesanía.