25/08/2025
👉🏼 La Corte Constitucional italiana emitió, a principios de este mes, un fallo que alumbró las ilusiones y los futuros de los miles de descendientes de italianos afectados por las modificaciones determinantes impuestas por la ley 74/2025.
📑 El origen fue un recurso presentado por un bisnieto de italiano, cuyo trámite había sido desestimado por la nueva normativa. Enfrentándose a las objeciones presentadas por los Tribunales de Bolonia, Roma, Milán y Florencia, el Máximo Tribunal ratificó la constitucionalidad de la ley anterior (91/1992), que no reconoce límites generacionales en la transmisión de la ciudadanía italiana.
Ahora bien, ¿qué es lo importante entre todo esto? Que este suceso ⚠️NO MODIFICA los requerimientos actuales para la obtención de la ciudadanía⚠️ sigue siendo requisito que, para solicitarla por vía administrativa, seas hijo/a o nieto/a de italiano nacido en el país, que no haya adquirido otra nacionalidad. Pero lo festejamos como una victoria porque nos confirma que es posible que bisnietos, tataranietos, choznos y demás generaciones puedan cumplir el sueño de ser ciudadanos 🙌🏼
¿Cómo? Presentando su caso por vía judicial por inconstitucionalidad de la nueva Ley. Quedó asentado con la sentencia 88 que, con las pruebas suficientes, el próximo juicio aprobado puede ser el tuyo.
Y Gestores puede acompañarte en ese proceso 😌
¿Vos qué pensas de todo lo que está sucediendo en Italia? Te leemos.