07/06/2026
Compartimos nuestra postura sobre la inclusión de las Áreas Protegidas en la medida 154.
La Habana, 1ro de Julio de 2026.
Atentamente: Asamblea Nacional del Poder Popular.
Estimados:
La Fundación Antonio Núñez Jiménez de la Naturaleza y el Hombre considera que las Áreas Protegidas deben ser excluidas de la medida No. 154. Estos espacios constituyen el patrimonio natural más valioso de la Nación cubana y, por su régimen jurídico especial, no deben ser objeto de licitación.
Lo anterior no excluye la posibilidad de que los servicios compatibles con lo objetivos de Conservación que se desarrollen en las Áreas Protegidas puedan ser objeto de contratos, arrendamientos o licitaciones, conforme a la legislación vigente, al respectivo Plan de Manejo, y en coordinación con la administración del Área Protegida.
En consecuencia, proponemos sustituir toda la referencia a la licitación de Áreas Protegidas por una formulación que contemple, exclusivamente, la eventual licitación de servicios dentro de ellas, preservando en todo momento la integridad del Área Protegida como Patrimonio Natural de la Nación cubana y garantizando que cualquier modalidad de gestión esté subordinada a sus objetivos de Conservación.
Por otra parte, consideramos que este punto que desea lograrse, ya lo ampara la legislación vigente, cuando cualquier persona natural o jurídica puede solicitar la administración de un Área Protegida.
Consideramos que nuestra opinión debe ser tenida en cuenta dada nuestra experiencia administrando ya dos Áreas Protegidas, siendo la única entidad de la Sociedad Civil en Cuba que cumple la función de gestión y administración de Áreas.
También formamos parte de la Junta Coordinadora del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Les saluda atentamente,
Liliana Núñez Velis, Presidente FANJ
Rey Estrada Estrada Director Programa de Áreas Protegidas y Expediciones FANJ