13/08/2019
para padres/ tutores legales de menores de edad españoles que vayan a viajar solos fuera de España.
A partir del día 1 de septiembre de 2019, todos aquellos menores de edad que pretendan abandonar el territorio nacional SIN la compañía de alguno de sus progenitores o tutores legales, DEBERÁN PRESENTAR, además del DNI (en caso de viajar a algún país de la UE o el EEE) o pasaporte (para viajar a un tercer país no perteneciente a la UE o el EEE), AUTORIZACIÓN DE VIAJE, la cual se confecciona mediante modelo formalizado en cualquier comisaría de Policía Nacional o Guardia Civil.
⛔Ejemplo: Jaime, menor de 15 años, se persona solo en el puesto fronterizo de Algeciras con intención de viajar a Tánger (Marruecos), presentando únicamente su pasaporte ordinario. El Policia de fronteras le denegará la salida del territorio nacional.
✔️Ejemplo 2: Jaime presenta, además del pasaporte, autorización confeccionada en comisaría. Jaime podrá viajar a Tanger.
⛔Ejemplo 3: Jaime trae, además del pasaporte, autorización manuscrita por alguno de sus padres. Jaime no puede pasar, pues no es un modelo oficial válido hecho en una dependencia oficial.
✔️Ejemplo 4: Jaime, que quiere viajar desde Madrid a Lisboa en avión, presenta DNI y autorización de viaje.
RECORDAR:
⚠️ A partir del 1 de septiembre de 2019
⚠️ Menores que vayan a abandonar España: pasaporte (terceros países) o DNI (UE/EEE) + autorización hecha en dependencia oficial (Policía Nacional o Guardia Civil)