08/06/2026
La directora del Área Jurídica de UNAV, Mª Dolores Serrano, ha colgado hoy en su feed de LinkedIn un nuevo post.
En esta ocasión su comentario hace referencia a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre retrasos derivados de incidencias en los controles de seguridad aeroportuario.
¿Quién paga los platos rotos por el colapso?, se pregunta la abogada especializada en derecho turístico y consejera de UNAV
Y ella misma lo explica en su mensaje:
"La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de marzo de 2026, asunto C-656/24 viene a poner un poco de orden en este caos jurídico, delimitando si una aerolínea puede evitar pagar compensaciones alegando problemas en los controles de seguridad del aeropuerto".
Y lo aclara en su texto, a partir de esa resolución del TJUE:
“Para que la aerolínea quede exenta del pago de las indemnizaciones, la circunstancia extraordinaria debe ser la causa determinante. Si la aerolínea toma una decisión voluntaria (como esperar a ciertos pasajeros) y esa decisión es la que realmente genera el gran retraso en el vuelo siguiente, el nexo causal con la deficiencia de seguridad se rompe”.
Puedes conocerte todos los pormenores del caso, que se inició a partir de las reclamaciones formuladas ante la compañía European Air Charter, haciendo clic en el enlace al post de Serrano:
https://www.linkedin.com/posts/lolyserrano_derechoturaedstico-reglamento2612004-transporteaaezreo-share-7469665809280413697-ro7g/?utm_source=share&utm_medium=member_android&rcm=ACoAAAYoUw8BaspSc_jPYx1r2SOzZiE3oz3EASU