UNIDA Servicios Integrales de Turismo

UNIDA Servicios Integrales de Turismo La Seguridad de un Gran Grupo
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UNIDA Servicios Integrales de Turismo, S.A., mantiene una posición privilegiada entre los Grupos de Gestión nacionales, basada en una política comercial estable que ofrece garantía de futuro.

MANIFIESTO CEAVEl Sector de las agencias de viajes alza su voz para salvar el TurismoNEXOTUR | Jueves 30 de Abril de 202...
01/05/2020

MANIFIESTO CEAV
El Sector de las agencias de viajes alza su voz para salvar el Turismo
NEXOTUR | Jueves 30 de Abril de 2020, 06:00h

El presidente de CEAV, Carlos Garrido.
Ante la publicación del Plan de Transición hacia la nueva normalidad por parte del Gobierno, y en cuanto a la posibilidad de apertura de agencias de viajes a partir del 11 de mayo, CEAV ha constatado que estas no estarán, en esa fecha, en disposición de abrir sus oficinas. Por ello, la Confederación ha elaborado un manifiesto (pinchar aquí).
La gran mayoría de agencias de viajes no puede asumir los costes mensuales que conlleva la apertura de las oficinas, pues "para el 11 de mayo la actividad turística continuará totalmente paralizada", ya que no se permitirá para entonces ni siquiera la movilidad de personas entre distintas provincias de una misma Comunidad autónoma ni habrá apertura de las fronteras. "Tampoco se sabe en qué condiciones sanitarias será posible esta apertura, ni los costes de inversión que esto nos podría conllevar, en estos complicados momentos", explican desde la Confederación. No obstante, "nuestros clientes no estarán desatendidos, ya que las agencias de viajes seguimos atendiendo a nuestros clientes telemáticamente, como por otra parte recomienda el Gobierno en el Plan de Transición".

La gran mayoría de agencias de viajes no puede asumir los costes mensuales que conlleva la apertura

Por ello, han solicitado al Gobierno que, para la continuidad del tejido empresarial, en primer lugar, "amplíe los Expedientes de Regulación Temporal del Empleo (ERTE) por Fuerza Mayor al menos seis meses desde que se reactive la actividad de las agencias de viajes o que transfieran las condiciones de los ERTE por fuerza mayor a ERTE por razones productivas", en especial la rebaja de cotizaciones a la Seguridad Social para las empresas, y para los trabajadores que este período tenga la consideración de cotizado a todos los efectos. CEAV cuenta con apoyo sindical de SPV, UGT y CCOO en este sentido.

En segundo lugar, que aprueben, de forma inmediata "ayudas directas a autónomos", ya que las adoptadas hasta ahora se consideran totalmente insuficiente. Por último, es necesaria la creación de "un fondo para el Sector Turístico en el que se asigne una cantidad concreta para las agencias de viajes"; si no se toman estas medidas, se pondrían en juego los casi 70.000 trabajadores existentes en el Sector. Transporte aéreo, marítimo y terrestre, restauración, guías turísticos, excursiones, servicios de museos y del patrimonio cultural. Alojamientos, hoteles, campings, alquiler de coche, etcétera, son comercializados a través de las agencias de viajes. "Una facturación superior a 20.000 millones de euros, que corre el riesgo de ser destruida por las medidas gubernamentales actuales necesarias para detener la emergencia de salud Covid-19", señalan.

CEAV, su presidente Carlos Garrido y sus 22 Asociaciones manifiestan que "España necesita un potente plan estratégico para mantener a flote el Turismo, un plan de rescate y de promoción urgente". España "debe reaccionar y trabajar conjuntamente", concluyen.

[GO GLOBAL TRAVEL]: RECORDATORIO WEBINAR 30 DE ABRIL A LAS 17:00 H
28/04/2020

[GO GLOBAL TRAVEL]: RECORDATORIO WEBINAR 30 DE ABRIL A LAS 17:00 H

[TOUR DIEZ TRAVEL]: WEBINAR 30 DE ABRIL A LAS 11:00 HEstimado colaborador:Este jueves 30 de abril a las 11:00 horas, ten...
28/04/2020

[TOUR DIEZ TRAVEL]: WEBINAR 30 DE ABRIL A LAS 11:00 H

Estimado colaborador:
Este jueves 30 de abril a las 11:00 horas, tendremos un nuevo Webinar en el que
reunimos a una representación de profesionales del turismo en España, en nuestro
lado, el de las agencias de viajes. En el mismo charlaremos sobre la situación
actual, las preocupaciones, las ideas que estamos manejando y cómo debemos
afrontar la famosa "desescalada" de la que tanto se habla.

Participa en esta charla coloquio opinando a través del chat de preguntas y
respuestas que habilitaremos durante el webinar.

Contamos con tu presencia.

Puedes inscribirte desde aquí.
https://us02web.zoom.us/webinar/register/WN_
RPlT9QTuR1yC4d2gyyxgzg

Muchas gracias por su atención,
El equipo de Tour Diez

[AIR EUROPA]: TOP PARTNER En el adjunto disponéis de la última actualización sobre los procedimientos establecidos para ...
28/04/2020

[AIR EUROPA]: TOP PARTNER

En el adjunto disponéis de la última actualización sobre los procedimientos establecidos para cambios por Covid-19 con Air Europa. Os resumimos a continuación las alternativas que AIR EUROPA pone a disposición de los clientes:

Los clientes cuya fecha de viaje esté comprendida entre el 05 de Marzo y el 30 de Junio 2020 y cuyo billete haya sido emitido antes del 21/04/20, podrán elegir una de estas opciones según sus preferencias:

OPCION A:
Cambio de fecha gratuito (sin penalty ni diferencia de tarifa) para volar hasta el 15 de Junio 2021, en la misma cabina excepto en las siguientes fechas de blackout (exclusión):

18/12/20 al 10/01/21(*)
26/03 al 11/04/21(*)
(*) en estos casos el cliente deberá abonar la diferencia de tarifa.

OPCION B:
Cambio de RUTA sin penalty, abonando diferencia de tarifa.

OPCION C:
Emisión de voucher (bono) por el valor total de los cupones de vuelo no utilizados

[NOVEDADES EN EL ETU]: SEGUROS Y CREACIÓN DE USUARIOS En UNIDA no paramos de actualizarnos y por eso acabamos de subir u...
23/04/2020

[NOVEDADES EN EL ETU]: SEGUROS Y CREACIÓN DE USUARIOS

En UNIDA no paramos de actualizarnos y por eso acabamos de subir una versión nueva de algunos módulos de nuestro Entorno de Trabajo Unificado, ETU.

SEGUROS

En el módulo de seguros, ahora deberás elegir el seguro que quieres cotizar antes de continuar con la búsqueda:


Como nos habéis pedido algunos usuarios, hemos dado un formato más intuitivo a la selección de seguro que evita cotizaciones sobre seguros no elegidos.

Además hemos hecho algunas modificaciones internas que harán que los resultados se muestren más rápido.

Y hemos preparado el sistema para que podáis comparar diferentes compañías próximamente.


USUARIOS

El módulo de usuarios lo hemos mejorado y ahora es más intuitivo y rápido.

Os recomendamos que creéis un usuario para cada persona que acceda al ETU. Y deis permisos en función del perfil de cada persona.

Recordad que para acceder a este módulo debéis hacerlo desde el escritorio de configuración pulsando en la barra de menú superior el

Icono “Más Escritorios”:

Y accediendo al “Escritorio de Configuración”:

Aquí pulsaréis sobre el módulo de usuarios y podréis realizar las altas, modificaciones y bajas de usuarios que necesitéis.

Esperamos que las mejoras que estamos acometiendo durante el estado de alarma os ayuden a retomar la actividad con un nivel de productividad mayor.

Os recordamos que podéis enviarnos cualquier sugerencia que pueda ayudar en vuestro día a día, para introducir la mejora en los desarrollos que estamos realizando.

[COSTA CRUCEROS]: ¡VOLVEREMOS A NAVEGAR!
23/04/2020

[COSTA CRUCEROS]: ¡VOLVEREMOS A NAVEGAR!

[TOURMUNDIAL]: AMPLIACIÓN TIEMPOS DE EMISIÓN BILLETAJENuestro proveedor Tourmundial nos informa lo siguiente: "Ante la p...
23/04/2020

[TOURMUNDIAL]: AMPLIACIÓN TIEMPOS DE EMISIÓN BILLETAJE

Nuestro proveedor Tourmundial nos informa lo siguiente:

"Ante la problemática que estáis teniendo con algunas reservas con salida a largo plazo con tiempos de emisión próximos en cuanto a transporte a la hora de advertir al cliente, y su posible negativa a mantener su viaje debido al alto grado de incertidumbre que se vive actualmente, os informamos que desde Tourmundial procederemos a nuestro riesgo a no emitir hasta el próximo 20 de Mayo ningún billete de avión, para todas las reservas que inicien su viaje entre el 1/6 y el 31/12/2020, negociando por nuestra parte una emisión posterior en los mismos vuelos y manteniendo, por supuesto, el precio inicial de la reserva y sus condiciones en cuanto a la parte terrestre.

Por favor tened en cuenta que en caso de recibir cualquier alerta de emisión que implique la misma antes del 20/5 quedará anulada en base a esta comunicación.

Esperamos que con esta medida, la cual permite dilatar las fechas de contacto con el cliente, reduzcamos los rechazos y cancelaciones que estáis recibiendo en estos casos ,con el fin de proteger así nuestra venta común".

[B.O.E.]: RESTRICCIÓN DE FRONTERASOs copiamos y adjuntamos la ORDEN 20.04.2020 aparecida en el BOE de hoy, sobre RESTRIC...
21/04/2020

[B.O.E.]: RESTRICCIÓN DE FRONTERAS

Os copiamos y adjuntamos la ORDEN 20.04.2020 aparecida en el BOE de hoy, sobre RESTRICCIÓN DE FRONTERAS:

I. DISPOSICIONES GENERALES. MINISTERIO DEL INTERIOR. 4539

Orden INT/356/2020, de 20 de abril, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Los miembros del Consejo Europeo acordaron, el 17 de marzo de 2020, aplicar por un periodo de 30 días una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.

El acuerdo tenía por objeto limitar la expansión del contagio del COVID-19. España aplicó este acuerdo mediante la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo, por la que se establecen criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública, con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta restricción se inscribía en el marco del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y se unía a medidas como las adoptadas mediante la Orden INT/239/2020, de 16 de marzo, por la que se restablecen los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha prorrogado en España mediante sucesivas autorizaciones del Congreso de los Diputados hasta, de momento, el 26 de abril a las 00:00 horas. Mediante la Orden INT/283/2020, de 25 de marzo, y la Orden INT/335/2020, de 10 de abril, se han prorrogado también los controles en las fronteras interiores terrestres que temporalmente restableció la Orden INT/239/2020, de 16 de marzo.

Tras evaluar la situación de la pandemia en los Estados miembros, en los Estados asociados Schengen y terceros países, la Comisión Europea ha recomendado prorrogar hasta el 15 de mayo la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen. Esta recomendación se recoge en la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo y al Consejo sobre la evaluación de la aplicación de la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE, de 8 de abril.

Por otra parte, a la hora de aplicar lo dispuesto en la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo, se han constatado ciertas dudas interpretativas que conviene aclarar respecto a las categorías de personas exentas de la restricción de viaje.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el artículo 4, apartados 2 y 3, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispongo:

Artículo 1. Criterios aplicables para denegar la entrada por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

1. A efectos de lo establecido en los artículos 6.1 e) y 14 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), será sometida a denegación de entrada, por motivos de orden público o salud pública, toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:

a) Residentes en la Unión Europea, así como el cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, y residentes en los Estados asociados Schengen o Andorra, que se dirijan directamente a su lugar de residencia.

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a éste.

c) Trabajadores transfronterizos.

d) Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.

e) Personal dedicado al transporte de mercancías en el ejercicio de su actividad laboral, dentro del que se consideran comprendidos los tripulantes de los buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera; y el personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial. Será condición indispensable que tengan asegurada la inmediata continuación del viaje.

f) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

g) Personas viajando por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.

h) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

2. A efectos de lo dispuesto en los artículos 4.3 y 15 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se considerará procedente denegar la entrada por motivos de orden público o salud pública a los ciudadanos de la Unión y sus familiares que no pertenezcan a una de las siguientes categorías:

a) Registrados como residentes en España o que se dirijan directamente a su lugar de residencia en otro Estado miembro, Estado asociado Schengen o Andorra.

b) Las comprendidas en los párrafos c) a h) del apartado 1 de este artículo.

3. Con el fin de no tener que recurrir al procedimiento administrativo de denegación de entrada en los casos previstos en los dos apartados anteriores, se colaborará con los transportistas y las autoridades de los Estados vecinos al objeto de que no se permita el viaje.

4. Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar, sin perjuicio de la posibilidad de realizar controles policiales en sus inmediaciones para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 2. Cierre de puestos habilitados.

Se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla, acordado en la Orden INT/270/2020, de 21 de marzo, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

Disposición final única. Efectos.

1. Esta orden entrará en vigor a las 00:00 horas del 22 de abril de 2020.

2. Tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.

Madrid, 20 de abril de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.

[COSTA CRUCEROS]: PRECAUCIONES DE COSTA CRUCEROS vs Covid19Ahora que la Organización Mundial de la Salud ha elevado el n...
26/02/2020

[COSTA CRUCEROS]: PRECAUCIONES DE COSTA CRUCEROS vs Covid19

Ahora que la Organización Mundial de la Salud ha elevado el nivel de alerta mundial, Costa Cruceros ha decidido reforzar aún más las medidas de precaución aplicadas a su flota para garantizar la máxima seguridad de los huéspedes y la tripulación.

Los huéspedes, visitantes y miembros de la tripulación de cualquier nacionalidad que hayan viajado desde, hacia o a través de China continental, Hong Kong y Macao en los 14 días anteriores al embarque no pueden abordar las embarcaciones de Costa. La misma medida se aplica a quienes han estado en contacto con casos sospechosos o confirmados de Coronavirus, para los cuales se ha hecho una declaración periódica a las autoridades sanitarias competentes.

A partir del 22 de febrero, dado el actual brote del virus en varias ciudades italianas, Costa Cruceros ha decidido también denegar el embarque a los clientes procedentes de una de estas ciudades, (concretamente Casalpusterlengo (Lodi), Codogno (Lodi), Castiglione D’Adda (Lodi), Fombio (Lodi), Maleo (Lodi), Somaglia (Lodi), Bertonico (Lodi), Terranova dei Passerini (Lodi), Castelgerundo (Lodi), San Fiorano (Lodi) en Lombardía, y Vò Euganeo (Padua) en la región del Véneto) y otras ciudades que deberían añadirse en el futuro a la lista publicada por el Ministerio de Sanidad italiano. Por lo tanto, Costa Cruceros está contactando a los
pasajeros residentes en estas ciudades, ya sea directamente o a través de agencias de viajes, para informarles sobre esta decisión y cómo obtener un reembolso completo.

Dada la rápida evolución de la situación, esta restricción se extenderá también a todas las zonas incluidas en la alerta emitida por el Ministerio de Salud Italiano y las Autoridades Sanitarias relacionadas. Además, ninguna de las excursiones disponibles para nuestros huéspedes incluirá visitas a sitios en las regiones de Piamonte, Lombardía y Véneto.

A todos los huéspedes, visitantes o miembros de la tripulación que se embarcan se les da un cuestionario médico específico de pre-selección para evaluar mejor su idoneidad para el embarque. A cualquier persona que aborde nuestras embarcaciones se le revisará la temperatura corporal: se le negará el acceso a la embarcación a cualquiera con una temperatura corporal superior a 37.8°C.

Costa garantiza a los huéspedes y a la tripulación los más altos estándares de limpieza a bordo de sus embarcaciones gracias a los estrictos protocolos de sanitización y al uso de desinfectantes efectivos contra el Coronavirus.

La seguridad y la salud de los pasajeros es la prioridad número uno de Costa Cruceros.

En las embarcaciones de Costa Cruceros se toman medidas de precaución, incluyendo la inspección de los huéspedes y la tripulación, si las circunstancias lo requieren. Además, todos las embarcaciones de la flota están equipadas con instalaciones médicas con personal dedicado, disponible las 24 horas del día, y pueden contar con el asesoramiento y el apoyo de profesionales e instalaciones médicas externas especializadas. La industria de los cruceros es una de las mejor equipadas y experimentadas en el campo de la protección de la salud.

En el caso de las 4 embarcaciones de Costa que operan en China desde el 25 de enero de 2020, tras la decisión adoptada por el Ministerio de Cultura y Turismo de la República Popular China de suspender los viajes y las actividades turísticas como forma de prevención y control, como medida de precaución, la empresa ha decidido cancelar todos los cruceros que salen de China hasta mediados de marzo. Los huéspedes afectados por las cancelaciones serán reembolsados o podrán elegir trasladar su reserva a otro punto de partida. Estos cruceros sólo se venden en China para el mercado chino.

[AIR EUROPA]: TOP PARTNEROs incluimos nota informativa para que trasladéis al equipo de reservas/ventas de vuestra agenc...
26/02/2020

[AIR EUROPA]: TOP PARTNER

Os incluimos nota informativa para que trasladéis al equipo de reservas/ventas de vuestra agencia, relativa a la política adoptada por AIR EUROPA en cuanto a cambios/cancelaciones en reservas de vuelos origen/destino Milán (MXP) y/o Venecia (VCE)

[PULLMANTUR CRUCEROS]: COMUNICADO IMPORTANTE CORONAVIRUS UP DATE 25022020Como continuación a los comunicados enviados el...
26/02/2020

[PULLMANTUR CRUCEROS]: COMUNICADO IMPORTANTE CORONAVIRUS UP DATE 25022020

Como continuación a los comunicados enviados el pasado 7 de febrero, en relación al COVID-19 (coronavirus), PULLMANTUR CRUCEROS nos envía una actualización relativa a los mismos:

25 de febrero de 2020
ACTUALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE SALUD RELACIONADOS CON EL COVID-19 (CORONAVIRUS)

Estimado Colaborador,
Como continuación a la información enviada el pasado 7 de febrero de 2020, de nuevo nos ponemos en contacto contigo, para ofrecerte una actualización relacionada con los protocolos especiales activados a raíz del brote de COVID-19 (coronavirus).

Dada la importancia de la siguiente comunicación, te rogamos nos ayudes a difundirla entre aquellos de tus clientes que ya hayan efectuado una reserva con nosotros, así como entre aquellos que vayan a efectuar una nueva.

La seguridad de nuestros pasajeros y miembros de la tripulación es siempre nuestra máxima prioridad.

Así, y siguiendo las directrices y procedimientos establecidos por nuestro Grupo y equipo médico, y hasta próximo aviso e independientemente de su nacionalidad, nos vemos en la obligación de cancelar el crucero a:

1. Todas aquellas personas que hayan viajado en los últimos 15 días “desde”, “a” o “a través” de no solo China, Hong Kong y Macao, sino también “desde”, “a “o “a través” de Irán, Corea del Sur y las regiones italianas de Lombardía y Veneto.

2. Todas aquellas personas que hayan estado en contacto con personas que hayan viajado en los últimos 15 días “desde”, “a” o “a través” de no solo China, Hong Kong y Macao sino también “desde”, “a “o “a través”, Irán, Corea del Sur y las regiones italianas de Lombardía y Veneto.

3. Todas aquellas personas que se sientan indispuestas o presenten síntomas gripales.

Los días –contabilizados como jornadas completas- se calcularán a partir de la fecha prevista de embarque.

Además, procederemos a realizar revisiones médicas antes del embarque a todas aquellas personas que en los últimos 15 días:

1. Hayan viajado “desde”, “a” o “a través” de Japón, Singapur, Tailandia e Italia (todas las regiones excepto Lombardía y Veneto).

2. No tengan la certeza de si estuvieron en contacto con personas que hayan viajado “desde”, “a” o “a través” de no solo China, Hong Kong y Macao, sino también “desde”, “a “o “a través” de Irán, Corea del Sur, Japón, Singapur, Tailandia e Italia.

Se denegará el embarque a aquellas personas que tengan fiebre o presenten bajos niveles de oxígeno en sangre durante la revisión médica.

Estas medidas han sido tomadas tras la consulta a diferentes organismos, entre los que se encuentran los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), la Organización Mundial de la Salud y otras autoridades de salud pública.
Denegación de embarque/cancelación

Teniendo en cuenta esta situación, procederemos a reembolsar el importe abonado a Pullmantur Cruceros a todas aquellas personas que no puedan realizar su viaje por alguno de los motivos anteriormente expuestos y quede debidamente acreditado.

El reembolso se realizará siguiendo los procedimientos habituales.

Todas aquellas personas que quieran cancelar su crucero por motivos diferentes a los anteriormente expuestos (protocolos de salud relacionados con el coronavirus) deberán abonar los correspondientes gastos de anulación, siguiendo las políticas detalladas en el documento de confirmación de su reserva.

Lamentamos profundamente esta situación ajena a nuestro control y te rogamos nos ayudes a conseguir la mayor implicación posible de todos nuestros comunes clientes para llevar a buen fin este procedimiento.

Para cualquier duda o aclaración, puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono 902 24 00 70.
Atentamente,
El Equipo de Pullmantur Cruceros

Dirección

Madrid
28010

Teléfono

+34913237156

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