19/08/2025
ℹ️ *BOCYL Martes, 19 de agosto de 2025* ℹ️
En la Resolución del 18 de agosto de 2025, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal declara una situación de alerta y de alarma extrema por riesgo de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León para los días 19 al 22 de agosto de 2025.
Situación de Alerta (toda la Comunidad)
Del *19 al 22 de agosto de 2025*, se declara una situación de *alerta por riesgo de incendios meteorológicos* en todos los municipios de la Comunidad de Castilla y León. Durante este periodo, las siguientes medidas preventivas son aplicables:
📌 Se prohíbe encender fuego en espacios abiertos en el monte, incluyendo zonas de acampada y recreativas, incluso en áreas designadas para ello.
📌 Se prohíbe el uso de barbacoas en espacios abiertos, incluso las que estén autorizadas.
📌 Todas las autorizaciones para el uso de fuego que se hayan otorgado quedan suspendidas.
📌 Se prohíbe la introducción y el uso de material pirotécnico, y se suspenden las autorizaciones para lanzar cohetes o artefactos que contengan fuego.
📌 Se prohíbe el uso de maquinaria que genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas en el monte y en una franja de 400 metros a su alrededor. Se exceptúan las actuaciones de emergencia y de interés general.
*Situación de Alarma Extrema (municipios del Anexo I)*
Se declara una *situación de alarma extrema* para los días 19 al 22 de agosto de 2025 en los municipios que se enumeran en el Anexo I del documento. En estos municipios se aplicarán todas las medidas de la situación de alerta, además de las siguientes:
📌 Se prohíbe el uso de ahumadores en la apicultura en el monte y en la franja de 400 metros que lo circunda durante todo el día.
📌 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de maquinaria o actividad que pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas y que pueda originar incendios en el monte y en la franja de 400 metros a su alrededor.
📌 Se prohíbe el tránsito y la permanencia d e personas y vehículos en los montes, con la excepción del acceso a la propiedad, el desarrollo de actividades profesionales, el acceso a zonas urbanas, las actuaciones de emergencia o los trabajos de vigilancia y extinción de incendios forestales.
*Municipios en Alarma Extrema (Anexo I):*
León: Acebedo, Almanza, Benuza, Boca de Huérgano, Borrenes, Burón, Carucedo, Castrillo de Cabrera, Cea (solo M.U.P. 934 «Río Camba»), Encinedo, *Igüeña*, Lucillo, Molinaseca, *Murias de Paredes*, Oencia, Oseja de Sajambre, *Palacios del Sil*, Páramo del Sil, Peranzanes, Ponferrada, Posada de Valdeón, Priaranza del Bierzo, Puente de Domingo Flórez, Riaño, Santa Colomba de Somoza, Sobrado, Truchas, Valderrueda, *Villablino*.
Palencia: Fresno del Río, Guardo, Mantinos, Velilla del Río Carrión, Villalba de Guardo.
Zamora: Galende, Porto, San Justo, Trefacio