26/03/2015
Requisitos para tramitar Pasaporte
TRAMITE SU PASAPORTE ORDINARIO
1. MAYOR DE EDAD.
Documento Personal de Identificación (original y fotocopia)
Si aún no posee DPI, presentar cédula de vecindad (original y fotocopia) y constancia de pre registro y/o de trámite emitida por el RENAP que reconozca a dicha cédula de vecindad como documento de identificación válido.
En casos de robo o extravío del DPI, presentar denuncia ante autoridad competente, certificado de Documento Personal de Identificación, y certificación de trámite de DPI emitida por el Registro Nacional de las Personas.
Boleto de ornato (original y fotocopia) (2015)
- Los mayores de 65 años de edad no deben presentar boleto de ornato.
2. Recibo de pago de pasaporte emitido por Banrural Q. 235.00 al tipo de cambio del dia.
En el caso de GUATEMALTECOS NATURALIZADOS, además de los requisitos anteriores debe de presentarse: a. Certificado de guatemalteco naturalizado, extendido por RENAP durante los últimos 6 meses (original y fotocopia); y, b. Certificación de la resolución de declaración de reconocimiento de Guatemalteco Naturalizado, extendida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (original y fotocopia, emitida durante los últimos 6 meses)
En el caso de GUATEMALTECOS DE ORIGEN, además de los requisitos arriba indicados, se debe presentar: a) Certificado de Nacimiento en el que conste la anotación correspondiente; b) Certificación de la resolución de reconocimiento de Guatemalteco de Origen extendida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (original y fotocopia, emitida durante los últimos 6 meses)
3. MENOR DE EDAD
Certificado de nacimiento (original y fotocopia, emitido durante los últimos 6 meses)
Documento personal de identificación –DPI- de ambos progenitores (original y fotocopia). Verificar que el nombre coincida con el que aparece en el Certificado de Nacimiento.
Boleto de ornato (Solamente de uno de los progenitores, original y fotocopia)
Recibo de pago de pasaporte.
Acompañado por un progenitor.
Además de todos los requisitos indicados en el numeral 2, se debe presentar:
Autorización de emisión de pasaporte, otorgada por el progenitor que no se haga presente, la cual debe constar en escritura pública, acta notarial, o documento privado con legalización notarial de firma.
Cuando uno de los progenitores resida en el extranjero.
Además de todos los requisitos indicados en el numeral 2, se debe presentar:
Autorización de emisión de pasaporte, contenida en Carta Consular o Mandato Especial con Representación.
Cuando no se tenga la autorización de uno de los progenitores.
Certificado de nacimiento (original y fotocopia, emitido durante los últimos 6 meses)
Documento personal de identificación –DPI- del progenitor que comparezca (original y fotocopia). Verificar que el nombre coincida con el que aparece en el Certificado de Nacimiento.
Certificación de la resolución en la que se autorice la emisión de pasaporte, emitida por juez competente (original y fotocopia, extendida durante los últimos 6 meses)
Boleto de ornato del progenitor que comparezca (original y fotocopia)
Recibo de pago de pasaporte.
Cuando no sean los progenitores quienes ejercen la representación legal.
Certificado de nacimiento, en el cual debe constar la anotación de la representación legal que se ejercita (original y fotocopia, emitido durante los últimos 6 meses)
Documento personal de identificación –DPI- de la o las personas que ejercen la representación legal (original y fotocopia). Verificar que el nombre coincida con el que aparece en el Certificado de Nacimiento.
Certificación de la resolución judicial extendida por el juez competente (original y fotocopia, extendida durante los últimos 6 meses)
Boleto de ornato (Solamente de uno de los progenitores, original y fotocopia)
Recibo de pago de pasaporte.
Si la representación legal es ejercida por el representante de un Hogar acreditado ante el CNA, además debe de presentarse: Acta de nombramiento del representante legal.
NOTA: En todos los casos anteriores, si la solicitud es para renovación de pasaporte, debe de presentarse PASAPORTE VENCIDO o POR VENCER, o bien, denuncia de robo o extravío presentada ante autoridad competente.