29/07/2026
Si eres operador de servicios turísticos (hoteles, restaurantes, cafeterías o bares), te recordamos que la Ley General de Turismo establece como un requisito obligatorio la inscripción en el Registro Nacional de Turismo (RNT).
Cumplir con esta normativa no solo te mantiene al día con la ley, sino que también le otorga mayor formalidad, confianza y visibilidad a tu establecimiento ante los visitantes nacionales y extranjeros.
Acude a la Dirección de Turismo para mayor orientación y apoyo con tu tramite.